El Benemérito General Juan Vicente Gómez, Presidente de la República de Venezuela, siempre preocupado por el buen funcionamiento de la Administración Pública.
Desde Macuto dirige el Primer
Magistrado Nacional el siguiente telegrama circular a los Presidentes de los
Estados Federales:
Como entre las atribuciones que
la nueva Constitución de ese Estado da a la Asamblea Constituyente reunida
actualmente en esa ciudad, está la de organizar los Concejos Municipales que
funcionarán hasta que tomen posesión los elegidos popularmente conforme a la
Ley, me apresuro a dirigirme a usted para indicarle la conveniencia de
presentar un Mensaje especial ante aquel cuerpo y demostrarle la necesidad que
existe de que los nuevos elementos sean escogidos entre hombres capaces,
amantes de sus pueblos y que tengan en mira los intereses públicos, pues el actual
desenvolvimiento del país requiere hoy el concurso eficaz de los Concejos
Municipales para que puedan sin obstáculos y libremente, administrar y fomentar
sus propios intereses.
De esa manera los Municipios
mantienen su absoluta independencia y junto con usted serán ante mí y ante la
Historia los únicos responsables del progreso de esa tierra.
Su amigo,
JUAN VICENTE GÓMEZ.
Si bien es cierto que la
autorizada palabra del actual, Benemérito Ciudadano que rige los destinos de la
República, resuena en toda ocasión como cabal trasunto de constante vigilancia,
atenta a los reclamos del bienestar y gloria de la patria, séanos permitido
recalcar señaladamente esta vez sobre la excepcional importancia del asunto en
que él se ha detenido para dictar el telegrama que acaba de dirigir a sus
colaboradores en la Presidencia de los Estados.
Aparece ahí una mera indicación
particular concerniente al proceso efectivo de los Concejos Municipales,
atribuido provisionalmente a las Asambleas Constituyentes; pero que inspirada
evidentemente en consideraciones de un alto orden político nacional, implica
fines y propósitos de incuestionable trascendencia para lo porvenir.
Pide el Primer Magistrado la
especial cooperación de los Poderes seccionales para que se atienda a la
necesidad existente de que los Cuerpos municipales sean constituidos por
ciudadanos de reconocidas aptitudes y perseverantes en la labor de fomentar los
intereses públicos; porque con esto, y con la libertad y la independencia
administrativa que nuestras instituciones les confieren, es como puede penetrar
en la raíz de los bienes comunes la eficacia del presente desenvolvimiento del
país.
Y decimos que en la raíz de los
bienes comunes porque son esas corporaciones las que en el organismo
democrático de Venezuela invisten inmediatamente los poderes del pueblo, en su
íntimo contacto con las necesidades y exigencias del bien procomunal: y que por
tanto –acentúa el Presidente Rehabilitador- son de seguro responsables ante la
Historia del progreso de las respectivas localidades.
Concejos Municipales autómatas
por ineptitud o por sumisa condescendencia a influencias extrañas a una
estrecha atención hacia sus prerrogativas y deberes legalmente contraídos,
están hoy, más que nunca, proscritos de todo programa de buena política y del
cumplido adelanto local confiado a sus atribuciones administrativas.
Venga, pues, la eminente
institución del Municipio a restablecerse, al favor y con el vivo estímulo de
los empujes de la presente ventura de la patria, en aquel su noble auge y tradicional
prestigio que pusieron en la frente de la República, en la propia cuna de su
nacimiento, crisma de gloria, propicio a sus magníficos destinos.
(Publicado en la Revista
“Billiken”, el 9 de enero de 1926).